El decreto 70/2017, firmado por el entonces presidente Mauricio Macri, modificaba aspectos de la ley de migración 25.871 y vulneraba el debido proceso, el derecho de defensa y el derecho a la unidad familiar. Por ello la medida había sido muy cuestionada desde organizaciones sociales, órganos internacionales y regionales de protección de derechos humanos. Sobre esto, la abogada e integrante del Centro de Comunicación Popular y Asesoramiento Legal, Silvana Begala decía “el decreto 70/2017 que había firmado el presidente Macri era inconstitucional y violaba acuerdos que Argentina había firmado en relación a los derechos humanos de las personas migrantes”. En este sentido, la derogación del mismo por parte del presidente Alberto Fernández fue bienvenida. “Significa mucho era algo que tenía que pasar si este gobierno pretendía mantener la coherencia con el discurso y las intenciones de la vigencia de los derechos humanos de los migrantes”, señalaba Begala.
La ley 25.871 en el marco de reconocimiento de derechos humanos a las personas migrantes, es una ley de avanzada en la región y el decreto había dado un paso atrás en ese avance. Es decir, con la derogación vuelve al estado previo, lo que significa recuperar lo que ya se había logrado.
El decreto en cuestión cercenaba derechos reconocidos por la ley y agravaba la condición de migrante en abstracto y en concreto, ya que hubo personas cuyas vidas se vieron afectadas por la aplicación de la medida, como fue el caso de Vanessa Gómez Cueva que tomó repercusión mediática por su gravedad. La joven que vivía desde hacía 15 años en Argentina y es madre de 3 niños argentinos fue deportada con el menor de sus hijos, mientras que los otros dos quedaron en el país. Las expulsiones exprés que el decreto preveía, otorgaban un tiempo muy breve para presentar estrategias de defensa, lo cual era contrario a todas las garantías procesales para la defensa de derechos y afectaba a otros derechos centrales como son el derecho a migrar o el interés superior del niño en el caso de Vanessa.
En el momento en el que el decreto fue promulgado, una de las argumentaciones se sostuvo en la supuesta prevención de delitos, narcotráfico, trata de personas y terrorismo. Sin embargo, la ley 25.871 ya contaba con herramientas para la protección contra estas amenazas. Sobre ello Silvana Begala se refería al repasar que la ley había heredado de los gobiernos militares ciertas medidas tendientes a evitar el ingreso y permanencia en el territorio argentino de extranjeros con antecedentes penales, “lo cual también puede ser revisado hoy a la luz de los derechos humanos” reflexionaba. Es una falacia que el decreto haya sido un intento de lucha contra ciertos delitos de carácter internacional. Además, el decreto no lograba esto “porque lo que pasa con la expulsión (y esta misma crítica se le puede hacer a la ley) es que cuando se expulsa un delincuente se lo está sacando del territorio, pero se está dejando de cumplir ciertos compromisos con la justicia internacional” agrega Begala.
Algunos sectores de la actual oposición a nivel nacional criticaron la derogación, habilitando discursos en los que se apela a la idea de que se abre la posibilidad del ingreso de delincuentes. Silvana advierte sobre la peligrosidad de este discurso y señala la necesidad de descubrir la racionalidad que tiene detrás, “esto no lucha contra la criminalidad y solo fortalece ideas discriminatorias y xenófobas que crecen rápido en algunos sectores. En ese sentido la derogación del decreto da lugar a frases como “sacaron esa medida que luchaba contra el narcotráfico y la trata de personas y ahora todo esto nos va a pasar”, no es así, el decreto no era eficaz contra eso. En realidad este decreto se les aplicaba únicamente a gente con antecedentes penales de delitos comunes y eso sí era contrario a la Constitución Nacional en cuanto al procedimiento, porque en concreto bajo ciertas condiciones quienes tienen antecedentes tampoco van a poder tener residencia en Argentina (la constitucionalidad de eso lo podemos revisar en otro momento)”. Bajo este análisis la abogada señala “está bien celebrar, pero que la celebración no nos oculte que el migrante sigue cargando en Argentina con esa posibilidad de expulsión. Con el decreto 70/2017 eso se agravó, nos obstante esa exacerbación que hizo el decreto de la condición de expulsabilidad de los migrantes se ha limitado, pero sigue estando, los migrantes tienen siempre esa condición precaria de permanencia en la Argentina”.
Foto extraída de la página de Facebook Migrar No Es Delito
Fuente: Radio UNAM 98.7Fm, Programa Migrantes