La Legislatura de la provincia de Córdoba aprobó el 2 de diciembre de 2015 el Nuevo Código de Convivencia Ciudadana (ley 10.326), con el cual se reemplazó el Código de Faltas, cuestionado desde numerosos actores sociales y ámbitos académicos por utilizarse como una herramienta de control social y violatoria de garantías constitucionales.
A más de diez años del retorno de la democracia, se hacía insostenible que la policía continuara dictando edictos, siendo juez y actor de aplicación. Por eso se dictó una ley que recogía la mayoría de los edictos policiales que existían en la época y los codificaba en un nuevo ordenamiento legal llamado Código de Faltas, el cual quitó a la policía la facultad de crear faltas mediante edictos, pero mantuvo la competencia originaria para juzgar las contravenciones creadas por dicha ley.
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Detenciones arbitrarias y nuevas territorialidades
Por Valeria Carranza